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Alquiler con mascotas: ¿Qué cambia con la nueva Ley de protección animal?

04/03/2022
04/03/2022
Advancing 9 Actualidad 9 Alquiler con mascotas: ¿Qué cambia con la nueva Ley de protección animal?

El Gobierno ha aprobado, en fecha de 5 de enero, la nueva ley de protección animal, Ley 17/2021, que supone diversos cambios. Entre otros la ley establece que se deja de considerar a las mascotas «bienes muebles o cosas» para reconocerles su naturaleza de «seres sintientes» y jurídicamente ser un miembro más de la familia. Con estos cambios, muchas personas se preguntan si esto afecta a la relación mascotas-alquiler, pues muchos propietarios no dejan vivir mascotas en sus inmuebles, lo que afecta directamente a los inquilinos.

Algunas personas con mascotas que se encontraban con dificultades a la hora de alquilar por la negativa de los caseros a aceptar animales han visto esta ley un avance. La reforma de la ley puede dar pie a pensar que los propietarios ya no tienen derecho a prohibir el acceso de mascotas en sus viviendas cuando las alquilan. ¿Es esto cierto?

¿Puede el propietario no alquilar su piso a los inquilinos con mascota?

La realidad es que todo queda igual que hasta ahora en lo que al alquiler con mascotas se refiere, y el propietario tiene el derecho exclusivo de aceptar o no animales en su piso cuando lo arrienda. Según diversos expertos, la nueva ley no contempla nada relacionado con estas cláusulas, así que, por ahora, los propietarios de pisos de alquiler podrán seguir utilizándolas.

De hecho, en el punto 4.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) se especifica que «los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados». Por lo que, que habiten o no animales en ese inmueble va a depender del acuerdo entre inquilino y propietario .

Por tanto, de momento, es totalmente legal que los propietarios de una vivienda arrendada prohíban a los inquilinos tener una mascota en el domicilio, independientemente de lo que diga la nueva ley de animales. Expertos comentan a Maldita.es que «la tenencia de animales por el inquilino no se regula por la Ley de Arrendamientos Urbanos ni por la Ley de Propiedad Horizontal, por lo que queda a criterio de lo que las partes pacten en el contrato».

La mayoría de los pisos en alquiler no aceptan mascotas

Aunque los precios de los alquileres han descendido en buena parte de España a raíz de la pandemia, todavía sigue siendo complicado para muchas personas encontrar un piso de alquiler a medida de sus necesidades , en especial en las grandes ciudades. Si, además, el inquilino tiene mascota, las dificultades pueden multiplicarse.

Según Idealista, solo un ínfimo 3% de los pisos en alquiler en España admiten animales de compañía. Además, un 20% de los anuncios prohíben expresamente las mascotas. Más allá de la decisión del arrendador, los estatutos de la comunidad de propietarios pueden prohibir también a los residentes en el edificio la posesión de cualquier tipo de mascota.

Daños en la vivienda ocasionados por la mascota

Otro caso es que se haya acordado con el propietario poder vivir con mascotas, pero se produzcan daños en la vivienda que están relacionados con el animal de compañía. En este caso, y según el portal inmobiliario Idealista, es el propietario el que tiene la potestad de exigir al inquilino el pago por el coste de reparación de estos desperfectos.

También pueden producirse problema de ruidos y molestias a la comunidad de vecinos. Aunque no es lo normal, en estos casos es el arrendador el que también tiene la facultad legal de rescindir el contrato si se demuestran dichos inconvenientes. Tales molestias estarían establecidas dentro del artículo 27.2 de la LAU: “el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato” por el “la realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario” o porque se realicen actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas.

Lo ideal es que haya una confianza entre ambas partes y dejar claro desde un inicio si se permite mascota o no dentro del contrato de alquiler.

Vivir con mascota, aunque el contrato lo prohíba

Una opción para el inquilino es ignorar lo establecido en el contrato. Eso sí, está claro que sería un motivo claro por el cual se podría producir una rescisión del contrato de alquiler por incumplimiento de las cláusulas por parte del inquilino.

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