La fianza de alquiler siempre es uno de los puntos más importantes que deben aclararse a la hora de firmar un arrendamiento. Se trata de una provisión de fondo destinada a cubrir cualquier desperfecto que se produzca durante la permanencia del arrendatario en la propiedad alquilada. Generalmente, el valor de la fianza es equivalente al costo de un mes de la renta del alquiler. Sin embargo, esta puede llegar a tener el costo de dos meses de alquiler en caso de tratarse de una vivienda de temporada.
Se debe tener presente que el importe de la fianza no se le deposita directamente al propietario, sino que esta va a las oficinas destinadas en cada Comunidad Autónoma para ese fin, y que esta está prevista a ser devuelta al inquilino si este cumple con su contrato de alquiler sin quebrantar ninguna de las cláusulas. Así que, para que el arrendador se quede con ella, tiene que exponer alguno de los motivos que justifican no devolver la fianza. En este artículo explicaremos, pues, cuáles son los principales motivos que justifican no devolver la fianza.
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¿Cuáles son los principales motivos que justifican no devolver la fianza?
Hay una serie de motivos que pueden justificar que el propietario se quede el importe de la fianza del alquiler. Para poder denegar la devolución de la fianza a los arrendatarios tiene que haberse presentado alguno de los siguientes supuestos:
- Desperfectos en la propiedad, muebles o electrodomésticos causados por el inquilino.
- Mensualidades pendientes del alquiler.
- Impago de determinados servicios
- Cláusula de desistimiento e indemnización relacionada con ella presente en el contrato de alquiler
- Realización de obras en la propiedad sin la autorización del propietario
- La propiedad es devuelta llena de suciedad
Veámoslos con más detalle a continuación:
Desperfectos en la propiedad, muebles o electrodomésticos causados por el inquilino
Se debe tener presente que cuando se habla de desperfectos, bien sea en la propiedad, muebles o electrodomésticos, tienen que haber sido causados por mal uso del inquilino y que requieran del dinero para las reparaciones pertinentes. Por lo tanto, no se puede negar la devolución de la fianza por daños o desgaste causado por el uso diario.
Se pueden considerar como desperfectos los muebles dañados, electrodomésticos estropeados, paredes rotas o rayadas, o cualquiera causado por irresponsabilidad o mal uso de los inquilinos, que requiera de dinero para su reparación.
Mensualidades pendientes del alquiler
Posiblemente, se trate de unos de los motivos para no devolver la fianza más comunes a los que se apela. Si bien el objetivo de la fianza no es de cubrir una mensualidad no pagada, si el arrendatario no cumple con sus responsabilidades de alquiler, es un motivo que justificara que no le sea devuelta. Cuando un inquilino no cumple con los pagos correspondientes al alquiler, generalmente se cancela el contrato y el arrendador se queda con la fianza. Puesto que la fianza equivale a solo un mes de renta, la mayoría de las veces no cubre toda la deuda, aun así, es una especie de salvavidas para que el propietario pueda recuperar algo.
Impago de determinados servicios
Este punto depende estrictamente de lo que se haya pautado en el contrato de alquiler. Puesto que en él se especifica sobre quién recae la responsabilidad de determinados servicios (luz, agua, internet, gas, etc…), los cuales son necesarios para la habitabilidad de la vivienda. Si estos son responsabilidad del inquilino, y este deja de pagarlos por cualquier motivo, puede ser una de las razones que justifiquen no devolver la fianza.
Cláusula de desistimiento e indemnización relacionada con ella presente en el contrato de alquiler
Otro de los principales motivos que justifican no devolver la fianza es que en el contrato de alquiler exista una cláusula de desistimiento e indemnización relacionada con la fianza del alquiler. En muchos contratos se suele incluir la posibilidad de abandonar el inmueble durante los primeros 6 meses de alquiler, siempre y cuando el arrendatario lo notifique con al menos un mes de anticipación. En estos casos se suele acordar una indemnización para el arrendador equivalente a un mes de renta por cada año incumplido del contrato, además de ceder por completo la fianza de alquiler.
Realización de obras en la propiedad sin la autorización del propietario
Antes de la llegada del inquilino se debe realizar una inspección detallada del estado de la propiedad (suelo, paredes, fachada, techo, etc…). Si una vez terminado el contrato de alquiler o antes, el propietario se percata de que se han realizado modificaciones en la propiedad sin su autorización, puede ser un motivo válido para negarse a devolver la fianza.
La propiedad es devuelta llena de suciedad
La higiene y mantenimiento de la propiedad son aspectos de mucha importancia en lo que respecta al alquiler de una propiedad. Puesto que esto nos muestra que clase de inquilino se tiene y que tan comprometido está con la propiedad alquilada. Si luego de alquilar la propiedad, el arrendatario la devuelve en mal estado y con pésima higiene, puede considerarse como un motivo para no devolverle la fianza.
La razón es que posiblemente el arrendador quiera poner la propiedad en alquiler nuevamente. Para ello primero tendrá que contratar un servicio de limpieza que pueda dejar la propiedad de nuevo en condiciones óptimas para vivir. Algo que sin duda va a representar un gasto para el propietario.
¿En cuánto tiempo se debe devolver la fianza si el arrendatario cumple con todo?
Si el inquilino ha cumplido con todas las responsabilidades establecidas en el contrato de alquiler y ha mantenido la propiedad en buen estado, puede solicitar la devolución de la fianza. El propietario dispondrá de un plazo de 30 días para hacer regresarle, de lo contrario comenzará a generar intereses. Sumado a esto, si el propietario se negase a hacer devolución de la fianza, el inquilino podrá proceder legalmente en su contra y este tendrá que pagar un interés legal.
¿Cómo se debe solicitar la devolución de la fianza de alquiler?
Si bien no existe un plazo fijo para realizar la devolución de la fianza del alquiler, si el inquilino no ha incurrido en alguno de los motivos que justifican no devolver la fianza, el arrendador debe devolverla en un lapso de 30 días. De no hacerlo se comienzan a sumar intereses, así que lo común es que la devolución se realice en lo que el inquilino hace entrega de las llaves de la propiedad. No obstante, hay ocasiones en las que los propietarios no cumplen con esto, así que se debe proceder de la siguiente manera:
- En primer lugar, se debe hablar personalmente con el propietario y hacerle saber que al firmar el contrato de alquiler se entregó una fianza en caso de que se produjeran desperfectos en la propiedad o quedaran pagos pendientes. Si no se ha presentado ninguno de los dos supuestos, entonces tienen que hacer devolución de ella.
- Si la negativa del propietario persiste, el siguiente paso sería la entrega de un burofax al casero. En él se debe hacer el reclamo de la devolución de la fianza y explicar que, si no lo hace, procederá a tomar acciones legales. Se tienen que hacer por este medio para poder dejar constancia de la realización del reclamo.
- Tras recibir el burofax, el propietario dispone de 7 días para realizar la devolución del importe de la fianza del alquiler. Si se mantiene la negativa, el inquilino podrá acudir a un juzgado para poder empezar el reclamo de la cantidad de dicha fianza por medio de un procedimiento monitorio. Este proceso legal no requiere que el demandante cuente con la firma de un abogado.
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