Contratar un seguro de hogar sigue siendo una prioridad entre las familias españolas, según lo refleja la Memoria Social del Seguro 2021 publicada por la UNESPA. De acuerdo con este análisis anual, tres de cada cuatro hogares (74,7%) tienen asegurada su vivienda, lo que sitúa al seguro de hogar en la segunda posición del ranking de seguros que más se contratan en España.
Ahora bien, cuando se trata de viviendas o pisos de alquiler, tanto arrendadores como inquilinos se preguntan: ¿Es obligatorio contratar un seguro de hogar?, ¿Quién paga el seguro del hogar en una vivienda alquilada?, ¿Quién tiene la responsabilidad civil de la casa alquilada? A continuación, se responden a estas y otras cuestiones relacionadas.
Índice de contenidos
¿Es obligatorio contratar un seguro de hogar?
A diferencia de lo que ocurre con un coche o una vivienda hipotecada, no es obligatorio contratar un seguro de hogar para una vivienda principal o una alquilada. No obstante, hacerlo siempre es lo más conveniente, tomando en cuenta el tiempo que pasamos dentro de la vivienda, el valor del mobiliario y los tipos de siniestros que pueden ocurrir.
Tener el respaldo de un seguro de hogar proporciona mucha tranquilidad de cara a posibles eventualidades como robos, incendios o inundaciones. Saber que alguien más se encargará de cubrir los gastos y reparar los daños ocurridos libera al propietario de mucho estrés y le deja tiempo y concentración para atender otros asuntos.
Otra ventaja de contratar un seguro de hogar es la rapidez con que se resolverá el problema, en especial si los daños ocurridos son muy graves. Además, la empresa aseguradora se encargará -en función de las coberturas contratadas- de reponer todos aquellos objetos robados, destruidos o deteriorados, algo que tomaría mucho tiempo hacerlo por cuenta propia.
¿Cuáles son las coberturas básicas de un seguro de hogar?
Mediante un seguro de hogar una compañía de seguros se compromete a proteger a una persona de los daños y problemas que pudieran presentarse en su vivienda. La póliza o contrato del seguro de hogar establece cuáles son los daños que serán cubiertos por la empresa aseguradora. Las coberturas básicas son las siguientes:
El continente
Se refiere a la vivienda y todo lo relacionado con su construcción, incluyendo los cimientos, paredes, puertas, ventanas, tejado, instalaciones fijas, cañerías, etc. La cobertura del continente tiene ciertos límites.
El contenido
Es todo lo que se encuentra en el interior de la vivienda, como el mobiliario, joyas, objetos de valor, dinero, electrodomésticos, etc. La cobertura del contenido también tiene ciertos límites.
Responsabilidad civil
Esta cobertura cubre las reparaciones o indemnizaciones a terceros por daños ocasionados involuntariamente por el asegurado. Un clásico ejemplo es el de una gotera que produce filtraciones y causa daños al piso vecino.
Defensa jurídica
El seguro también se puede comprometer a cubrir los gastos que genere una reclamación legal por daños causados por terceros a la vivienda del asegurado, además de otras coberturas.
¿Quién paga el seguro de hogar en una vivienda alquilada?
No cabe duda de que contratar un seguro de hogar es la mejor opción ante los sucesos imprevistos. Ahora bien, en el caso de las viviendas o pisos alquilados, ¿De quién es la responsabilidad de contratar un seguro de hogar? ¿Del propietario o del inquilino? ¿Qué opciones ofrecen las compañías de seguro al respecto?
Lo primero que hay que saber es que tanto el propietario como el inquilino pueden contratar los servicios de un seguro de hogar, pero no están obligados a hacerlo. El arrendador puede establecer como condición en el contrato de arrendamiento que el inquilino pague un seguro de hogar. Por su parte, el inquilino es libre de aceptar o rechazar dicha condición.
De tal manera que, ni el arrendador ni el inquilino están en la obligación de pagar un seguro de hogar. No obstante, ambos corren el riesgo de sufrir pérdidas importantes si decidieran prescindir de este servicio. La lógica y el sentido común dictan que lo más conveniente para el inquilino y su casero es tener el respaldo de un seguro de hogar.
El papel del propietario o arrendador
El propietario es el principal interesado en la seguridad y protección de la vivienda y los enseres en su interior que le pertenezcan. Por lo tanto, lo mejor es que contrate un seguro de hogar cuya cobertura abarque el continente (la estructura de la vivienda y los elementos que la conforman) y parte del contenido (los enseres dentro de la vivienda que sean suyos).
De esta manera, si los materiales o la estructura de la vivienda se vieran afectados sin ser responsabilidad del inquilino, el seguro de hogar del propietario responderá para solventar la situación.
El papel del inquilino
Por otra parte, lo más conveniente para el inquilino es que contrate un seguro de hogar para proteger el contenido de la vivienda, es decir, los objetos y enseres que sean de su propiedad. Asimismo, también debería estar interesado en asegurar su responsabilidad civil en caso de que terceras personas sufran daños durante la estancia en la vivienda.
¿Quién asume la responsabilidad civil en un piso alquilado?
Es habitual que los seguros de hogar incluyan una póliza para cubrir la responsabilidad civil ante terceros de sus asegurados. En el caso de que una vivienda alquila cause daños a los vecinos, ¿quién asume la responsabilidad? ¿El arrendador o el inquilino? Pues bien, todo depende de la situación y la culpabilidad.
- Si el siniestro lo causa el inquilino por negligencia o descuido, será su seguro de hogar el que intervenga para solucionar el problema. Por ejemplo: grifos mal cerrados que generen humedad o inunden varios pisos, un horno sin apagar que provoque un incendio, etc.
- Si el daño es consecuencia de la negligencia o descuido del propietario, será su seguro el que entre en acción. Por ejemplo: filtraciones por fugas en cañerías, falta de mantenimiento en escaleras, puertas, ventanas, etc.
Seguro de hogar para propietarios e inquilinos
Atendiendo a las necesidades individuales de inquilinos y propietarios, las compañías aseguradoras ofrecen seguros con coberturas exclusivas para cada situación. Así, el inquilino puede contratar un seguro que cubra únicamente su responsabilidad civil y los enseres que sean de su propiedad, como electrodomésticos, joyas o dinero.
Asimismo, el propietario tiene la opción de contratar un seguro de hogar que cubra solo el continente o que incluya garantías para la parte del contenido que le pertenezca. Las aseguradoras cuentan con diversas estrategias para calcular el valor de todos los bienes que se quieren proteger.
Otras coberturas para el propietario
Los seguros para propietarios también incluyen pólizas que hacen frente a las siguientes situaciones:
- El impago del alquiler por parte del arrendatario, asegurando el reembolso de las rentas.
- El impago de los recibos de suministros.
- Defensa jurídica para solventar posibles conflictos con el inquilino.
Otras coberturas para el inquilino
Igualmente, el inquilino también puede contratar un seguro que lo proteja contra posibles abusos de parte del casero y otras situaciones particulares.
- Recuperación de la fianza, en caso de que el arrendador se niegue a devolverla cuando el inquilino decide finalizar el alquiler.
- Recuperación de bienes robados pertenecientes al inquilino.
- Defensa jurídica para solventar posibles conflictos con el arrendador.
- Servicios asistenciales las 24 horas del día de diferentes profesionales como electricistas, fontaneros, cerrajeros, etc.
0 comentarios