Cuando el inquilino no paga el propietario se echa las manos a la cabeza y comienza a pensar en todas las alternativas posibles para recuperar su dinero y/o echar al moroso del piso. Ante situaciones como esta conviene tener unos nervios de acero y no dejarse llevar por los impulsos. La primera opción que se plantea es intentar hacer entrar en razón al inquilino, o bien intentar llegar a un acuerdo amistoso con él. Esta será la vía rápida y la menos estresante. Si con estos métodos no se consigue el resultado esperado, no nos quedará otro remedio que denunciar al inquilino.
Índice de contenidos
El propietario podrá reclamar el mes no pagado o desahuciar al inquilino moroso
Hay propietarios que prefieren optar por la vía del desahucio forzoso, es decir, cambiar la cerradura cuando el inquilino no esté o echarlo a la fuerza. ¡Nunca hay que hacer esto! Lo más probable es que esta forma de actuar penalice ante un juez. Por eso, de nuevo, cabeza fría.
Entonces, ¿cómo denunciar al inquilino que no paga? En este artículo vamos a explicarlo.
Denunciar a un inquilino: recuperar el dinero y/o echarlo del piso
Una vez hayas decidido ir por la vía judicial lo primero que tendrás que hacer es elegir si solo quieres que el inquilino te devuelva lo que te debe o si quieres echarlo del piso.
Por lo general, si el inquilino ya se ha ido del piso pero sin pagar los meses que ha dejado a deber, puedes interponer una demanda. Para ello tendrás que contratar necesariamente los servicios de un abogado o procurador, ya que este proceso se resuelve de manera mucho más ágil en un proceso monitorio. De no ser así si tienes que hacerlo por juicio verbal. Más adelante te explicaremos las diferencias entre ambos procesos.
Si, además de querer recuperar la cantidad adeudada, es necesario echarlo del piso, habrá que contactar con un abogado experto en desahucios y asumir los costes que ello conlleva. Con ayuda del abogado podrás poner una demanda. Cuanto antes, mejor, ya que el desahucio es un proceso que puede tardar meses.
¿Cómo interponer una demanda para recuperar el dinero que el inquilino te debe pero sin ir a juicio?
Como ya se ha explicado, puedes interponer una demanda judicial sin la necesidad de ir a juicio. Bueno, no sin ir a juicio, pero sí yendo a uno verbal, que es mucho más ágil, o solicitando un proceso monitorio. La forma correcta de interponer una demanda es ir al juzgado reclamando las rentas o los suministros impagados.
¿Cuál es la diferencia entre un juicio verbal y un proceso monitorio?
La principal diferencia es que un juicio verbal se suele solicitar cuando conoces el domicilio del demandado, mientras que el proceso monitorio se elige cuando no es así. Por otra parte, en el juicio verbal se necesitan los servicios de un abogado o procurador, y en el monitorio no.
Esquema Juicio Monitorio. Fuente: CMB Abogados
¿Qué es un juicio verbal?
El artículo 250.1.1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) permite al propietario/arrendador reclamar rentas de alquiler o suministros impagados mediante el juicio verbal. Es la mejor opción cuando el inquilino se ha ido del piso y no conoces su nuevo domicilio. Tendrás que contratar los servicios de un abogado o un procurador para interponer la demanda en el juzgado de primera instancia del inmueble arrendado.
Tras ello se le notificará al inquilino que se le ha demandado y, si no paga lo debido o no acepta la demanda en un plazo de diez días, se irá a juicio.
Durante el juicio ambas partes podrán hacer su argumentación que será, como bien indica el nombre, verbal, por lo que no habrá que presentar ningún documento. El juez dictará sentencia, a la que ambos tendrán que acogerse. ¿El problema? Que esta sentencia tiene que publicarse en un boletín oficial y tiene un costo de un mínimo de 250 euros.
Entonces, como vemos, el juicio verbal es una opción más barata que el juicio ordinario, pero tampoco es barata del todo. Por lo tanto, si se conoce la nueva dirección del inquilino, o este no se ha movido del piso, es recomendable solicitar un proceso monitorio.
¿Qué es un proceso monitorio?
Este proceso se inicia por burofax. En el comunicado se le indica al inquilino la cantidad adeudada y el plazo que tiene para devolverla. Pasado el plazo, si aún no ha ingresado el dinero en el número de cuenta indicado en el burofax tendrás que ir, papel en mano, al juzgado de primera instancia y poner la demanda, o más bien solicitar el proceso monitorio.
A partir de ahí hay dos posibilidades:
- El inquilino acepta la demanda, con lo que el juzgado ejecuta directamente la orden de embargar sus cuentas bancarias, retirando el dinero y devolviéndotelo.
- El inquilino no acepta la demanda, por lo que se inicia un juicio verbal y se empiezan a dar todos los pasos que ya se han indicado.
Como ves, lo ideal es que el proceso monitorio se lleva a cabo, ya que es lo más ágil.
Ahora que ya sabes cómo recuperar tu dinero en el caso de que el inquilino te deba unos meses, vamos a hablar de cómo interponer la demanda judicial para echarlo del piso.
¿Cómo denunciar al inquilino y echarlo del piso?
Como ya se ha dicho, lo primero es solicitar la ayuda de un abogado, que será el encargado de interponer la demanda, y cuanto antes MEJOR. La mejor vía es el desahucio exprés, que suele durar entre 4 y 6 meses, aunque puede llegar al año. El desahucio exprés se da cuando el inquilino ha violado el contrato porque no paga o cuando el contrato ya ha finalizado y el inquilino no se va; o bien en caso de okupación.
De nuevo insistimos en la importancia de no echar al inquilino por la fuerza, como cambiando la cerradura o cortando los suministros, ya que eso penaliza frente al juez y podrían denunciarte por coacciones.
Cuando se vaya a demandar al inquilino junto al abogado será necesario aportar toda la documentación que acredite que se ha violado el contrato por impago, o que este ha finalizado, y se tendrá que indicar en la demanda todo lo que se pide. Aquí será donde indiques, además, que quieres que te devuelva el dinero que te debe por el alquiler no pagado y, por otra parte, que al finalizar el proceso el inquilino pague los costes judiciales.
¿Qué ocurre cuando el inquilino recibe la demanda de desahucio?
Cuando el inquilino recibe la demanda tiene dos opciones: aceptarla y, en ese caso, dejar el piso en el plazo estipulado, o bien no aceptarla e ir a juicio.
Cuando se va a juicio hay dos posibles finales:
-El inquilino gana y se queda en la vivienda (sería raro si hay razones suficiente para que no sea así, pero hay casos. Por ejemplo: es una familia en situación de vulnerabilidad con niños).
-El inquilino pierde y se estipula el día del desahucio.
¿Qué se hace cuando llega el día del desahucio?
Cuando llega el día del desahucio tanto propietario como abogado o procurador y los miembros del juzgado van al piso y echan al inquilino, bien de forma pacífica (si abre la puerta) bien por la fuerza (si no la abre). Además, si no está en el momento en el que se acude, se puede abrir la puerta con la ayuda de un cerrajero.
BUENAS TARDES MI NOMBRE ES MANUEL PINTOR HINOJOSA. TENGO UN INQUILINO QUE PAGA CUANDO QUIERE Y LO QUE QUE QUIERE PONE ESCUSAS QUE NO TRABAJA Y NO COBRA NADA, TENIENDO TRE HIJOS Y UNO INVALIDO COBRANDO POR ELLOS Y LA MUJER. HASTA AHORA DEBE 1150 EUROS. ¿QUE PUEDO HACER? ATENTAMENTE MANUUEL PINTOR HINOJOSA. UN ABRAZO ESPARO UNA RESPUESTA GRACIAS.
Hola Manuel. Puedes escribirnos a hola@advancing.es y te asesoraremos personalmente para ayudarte a solucionar esta situación. Gracias.